SIGUIENTES CRITERIOS - R.M. Nº 1174-91-ED
REASIGNACIÓN POR UNIDAD FAMILIAR
La reasignación por Unidad Familiar procede solo si los familiares directos del profesor residen en el lugar destino. Se entiende por familiares directos:
a. El cónyuge
b. Los hijos menores estudiantes o incapacitados a cargos de padres viudos.
c. Padres ancianos o incapacitados que depende del solicitante.
Reasignación por Unidad Familiar por padres ancianos e incapacitados que depende directamente del (la) profesor (a) por lo que el solicitante adjuntará:
-Solicitud en FUT
Pase de Región o UGEL, según corresponda.
Constancia expedida por el área de salud que acredite la incapacidad
de los padres.
Partida de nacimiento del profesor y el padre o madre del docente.
Declaración Jurada simple de vínculo familiar.
Certificado o Declaración que acredite la ubicación domiciliaria del
profesor y los padres.
Constancia de altitud y ubicación geográfica emitida por el Director de la
Institución Educativa donde presta servicios el docente.
Declaración jurada de no haber presentado solicitud de reasignación en
otra dependencia Educativa.
Copia (s) de solicitud (s) de reasignación o fotostáticas debidamente
autentificadas, no atendidas dentro del mismo órgano en años
anteriores.
Declaración jurada de no encontrarse en proceso administrativo, o estar
cumpliendo sanción disciplinaria, concordante con el literal “j” del
artículo 20° de la R.M. N° 1174-91-ED.
Espero que esta informacion te haya sido util
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